Finanza Personal
Publicado en Finanza Personal el 6 de Mayo, 2008, 9:01
por TEYMA
El número de familias que no pudieron asumir sus pagos y deudas se ha multiplicado por más de tres entre enero y marzo. En este periodo un total de 66 familias fueron reclamadas por sus deudores al no poder afontar sus pagos, lo que supone un incremento del 230% respecto al año anterior.
Según la estadística del procedimiento concursal publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en el mismo trimestre del año pasado se contabilizaron 20 familias que se encontraban en esa misma situación, mientras que en todo 2007 el número de familias que no pudieron hacer frente a sus pagos alcanzó los 96.
En total, sumando las familias reclamadas por sus deudores y las empresas en proceso de concursal -antes conocido como suspensión de pagos-, el número de deudores entre enero y marzo fue de 425, lo que supone un aumento del 78,6% respecto a 2007. Los concursos voluntarios aumentaron un 92%, hasta los 386, mientras que los necesarios se incrementaron un 5,4%, los abreviados crecieron un 67,45% y los ordinarios se dispararon un 95,7%.
Asimismo, el número de empresas concursadas aumentó un 64,67%, siendo las más afectadas las de Responsabilidad Limitada con un crecimiento interanual del 77,5%. Las Sociedades Anónimas que entraron en concurso experimentaron un repunte del 40,8%, mientras que las personas físicas con actividades empresariales, se incrementaron en un 11,1%.
Las constructoras, las más afectadas De los 425 deudores concursados entre enero y marzo, casi el 84,5% fueron empresas (personas físicas con actividad empresarial y personas jurídicas). El 23,1% de las empresas concursadas tenían como actividad principal la construcción (seis puntos más que un año antes), el 22,6% la industria (ocho puntos menos), el 15,9% se dedicaba a actividades inmobiliarias (cinco puntos más) y el 15,6% pertenecía al sector del comercio (dos puntos menos).
Las constructoras objeto de un procedimiento concursal sumaron 83 en el primer trimestre, frente a las 38 que se hallaban en esa situación un año antes, lo que supone un aumento, en términos relativos, del 118,4%. Mientras, las empresas inmobiliarias y de servicios empresariales que entraron en concurso ascendieron a 57, frente a las 24 que estaban concursadas en igual periodo de 2007, es decir, un 137,5% más.
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Publicado en Finanza Personal el 17 de Abril, 2008, 9:58
por TEYMA
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A la espera de que el Gobierno concrete cómo pretende instrumentar
las ayudas a las familias que tienen dificultades para pagar su
hipoteca, los bancos manifestan su disposición a colaborar. El ministro
de Economía, Pedro Solbes, reiteró que el Gobierno quiere
facilitar que las familias con problemas amplíen el plazo de su
hipoteca.
Sin embargo, el ministro, siguió sin explicar cómo quiere alcanzar
este objetivo.
Según el presidente de la patronal bancaria
AEB, Miguel Martín, los bancos ya están actuando en la dirección que
indica el Gobierno, porque prefieren encontrar una solución para cobrar
el crédito que quedarse con la vivienda. Sin embargo, Martín matizó que
las entidades no aplican un criterio general, sino que deciden en
función de cada cliente.
Si se trata de un buen cliente, que
puede superar sus problemas ampliando los plazos, lo más normal es que
el banco le ayude, pero no habrá refinanciación garantizada para todos
los que lo pidan. Martín no descartó que en algunos casos las entidades
estén dispuestas a asumir los costes de la comisión para el cambio de
hipotecas. Pero, en el sector destacan que estos costes no son los
únicos y que el Gobierno no ha aclarado aún quién debería pagar los
demás gastos (como los notariales).
El respaldo del Estado El
presidente de la AEB dejó bien claro que quienes tienen problemas
de liquidez no son los bancos españoles, sino los extranjeros, “los que
acudieron el pasado 9 de agosto a pedir liquidez al BCE”. Según Martín,
las entidades españolas se verían beneficiadas si el BCE alargara los
plazos de los préstamos que está dando a las entidades, pero son las
extranjeras quienes más lo necesitan. Lo que de verdad quieren los
bancos de este pais es que se vuelvan a abrir los mercados, para volver a
financiarse por los canales habituales, reiteró Martín.
Pero,
hasta que los mercados vuelvan a la normalidad, se estudian fórmulas
para paliar los efectos de la crisis financieras. Aunque no haya habido
conversaciones oficiales, fuentes financieras comentan que se está
estudiando la posibilidad que la Administración avale parte de las
titulizaciones de las entidades financieras.
Según se comenta
en el sector, la petición habría salido originariamente del sector de
los promotores inmobiliarios y no de los bancos, aunque el propio
Martín reconoció que si el Gobierno tomara esta iniciativa “a la
banca le parecería bien”. Las fuentes consultadas explican, sin
embargo, que el Ejecutivo no se plantea respaldar todas las
titulizaciones hipotecarias (como sí sugirió el primer ministro
británico, Gordon Brown, para ayudar a la banca inglesa).
La
medida, si se llegara a concretar, podría afectar sólo a las
titulizaciones de hipotecas de viviendas de protección oficial. Aunque,
en el sector hay dudas sobre cómo acogería Bruselas una medida de este
tipo. (M. Romaní)
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Publicado en Finanza Personal el 8 de Abril, 2008, 8:42
por TEYMA
Las
entidades financieras han subido en marzo todas las comisiones por
obtener dinero de los cajeros automáticos, ya sea en propia red,
diferente o en el extranjero. También se incrementa el coste de dejar
una cuenta en números rojos, así como el mantenimiento de las cuentas
corrientes y libretas.
Bancos y cajas han aprovechado el comienzo del ejercicio para subir
las comisiones tanto de los productos de activo como de pasivo.
Tarjetas de débito y crédito, libretas y cuentas corrientes,
préstamos... pocos han sido los instrumentos o servicios financieros
que no han experimentado un repunte en el primer trimestre del año,
según ha publicado el Banco de España.
En el caso de las tarjetas, la subida no ha afectado a la cuota
anual media que sigue estando en 13,71 euros para el débito y 28,89
euros para el crédito, sino a las comisiones por utilizarlas para sacar
efectivo. Así, retirar 100 euros del cajero de otro banco del mismo
sistema, cuesta ya un mínimo de 0,69 euros de media, frente a los 0,66
euros de diciembre.
El porcentaje a aplicar sobre lo obtenido pasa del 1,04% a finales
de 2007 al 1,15% en marzo, es decir, una subida de 11 puntos básicos.
El máximo que llegan a ejecutar las entidades por esta operativa
alcanza el 2% a partir de 1,50 euros.
Casi en la misma proporción (10 puntos básicos), también se
incrementan las comisiones y mínimos por retirar dinero en otra red
distinta. Del 3,43%, con un mínimo de 2,57 euros que se cobraba a
finales del año precedente se ha pasado a 3,75%, con mínimo de 2,61
euros.
En el extranjero, cada movimiento de este tipo -con tarjeta de
débito- asciende a 2,73 euros o 3,72% del dinero a retirar, aunque hay
entidades que aplican hasta el 4,50% (3,50 euros).
La subida de los gastos contrasta con la política de algunas
entidades, como Santander, que aplican comisiones cero a sus mejores
clientes, o tarifas cero, como Banesto. La estrategia pasa por
encarecer al resto de clientela e imponer subidas en los servicios que
más se utilizan. De hecho, sólo los que se molestan en ir a una
sucursal propia, ahorran. Por el contrario, quien utiliza la modalidad
de crédito para obtener efectivo -y hay quien lo hace para llegar a fin
de mes- paga un 2,87% cada vez que necesita liquidez con un mínimo de
2,23 euros de media. Mantener una cuenta asciende ya a 19,18 euros
El coste de una cuenta corriente o una libreta de ahorro
también se ha elevado en este trimestre, según el portal del cliente
del Banco de España. El mantenimiento medio semestral de una cuenta y
una libreta se ha encarecido en 0,27 euros. Las cuentas corrientes
pasan a costar cada seis meses 19,18 euros, frente a los 18,91 de
finales de año. Por su parte, la gestión de las libretas resulta algo
más barata, de 18,34 euros. Pero, además, las entidades han aumentado
también otros gastos asociados a este tipo de productos. Por ejemplo,
los descubiertos medios se han encarecido en 0,12 euros, al pasar de
los 8,34 a 8,46 euros. Y lo mismo ocurre con la reclamación de los
descubiertos, que ahora llegan a valer 27,51 euros. (L. Fernández)
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Publicado en Finanza Personal el 28 de Noviembre, 2007, 10:32
por TEYMA
La
sangría no se detiene. El dinero sigue saliendo de los fondos de
inversión y en noviembre se contabilizan salidas de 2.827 millones de
euros, tan sólo entre el día 1 y el 16. La fuerte competencia por parte
de los depósitos explica que en el año se hayan registrado ya
reembolsos por valor de 14.735 millones.
Varios factores explican los reembolsos masivos que sufren los fondos
de inversión españoles, pero uno de los más importantes es la subida de
los tipos de interés, que ha elevado el atractivo de los productos de
pasivo. Las entidades bancarias han volcado buena parte de sus
esfuerzos comerciales en la comercialización de depósitos para poder
hacer frente a la demanda de crédito hipotecario. Y en este proceso los
fondos han salido perdiendo.
Según los últimos datos de VDOS Stochastics, sólo en los 16 primeros
días del mes de noviembre se contabilizan salidas de dinero de los
fondos españoles por valor de 2.827 millones de euros.
Esta cifra se suma a los 4.937 millones de reembolsos registrados en
septiembre y los 5.282 millones de octubre. Ambos meses han sido los
peores de la historia de la inversión colectiva española.
En el acumulado del año la salida de dinero de los fondos asciende a
14.735,76 millones de euros, según los datos de VDOS a 16 de noviembre.
Esta cifra es significativamente superior a los 2.435 millones que se
reembolsaron en todo 2006 y contrasta claramente con los 16.612,41
millones que se suscribieron en 2005. En lo que va de 2007 el
patrimonio de los fondos ha caído un 3,05%, hasta 251.745 millones de
euros. La apreciación de las carteras ha evitado un retroceso mayor.
En noviembre, como en meses precedentes, son las categorías más
conservadoras las que están sufriendo las salidas con mayor intensidad.
Los fondos de renta fija a corto plazo sufren reembolsos por 845
millones y suman salidas por valor de 4.489,56 millones en lo que va de
año.
Los fondos globales, categoría en la que se integran muchos
monetarios dinámicos, han sufrido salidas por valor de 4.285 millones
de euros este año. Los fondos monetarios dinámicos han perdido la
confianza de muchos inversores después de que varios de ellos se vieran
afectados en verano por la crisis de las hipotecas subprime al estar
sus carteras expuestas a deuda de riesgo.
En las categorías de renta variable también se contabilizan fuertes
reembolsos. Los fondos de Bolsa española han sufrido salidas por
1.891,23 millones de euros en 2007. Sólo dos familias reciben entradas
en lo que va de año: la renta variable de la zona euro (360,82
millones) y la emergente (315,23 millones).
Los fondos de inversión libre van poco a poco ganando músculo. En
las primeras dos semanas de noviembre han captado 2,5 millones de euros
y 561 millones desde el 1 de enero. (M. R.)

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Publicado en Finanza Personal el 19 de Noviembre, 2007, 8:05
por TEYMA
Una de las grandes novedades del impuesto sobre la renta es que unifica
la tributación a un tipo fijo del 18% desde el primer día.
La recta final del año no sólo es la época de poner las luces en el
árbol de Navidad ni de realizar las compras para los seres más
queridos. Durante las últimas semanas del ejercicio es conveniente
echar un vistazo a la situación fiscal y a todas las operaciones que se
han realizado durante el año con el objeto de poder optimizar la
factura que en junio del próximo año estaremos obligados a presentar
ante Hacienda todos los contribuyentes. Es ahora realmente, antes de
que se cierre el ejercicio, cuando se pueden realizar determinadas
operaciones que rebajen dicha factura. En junio ya será demasiado tarde.
Nuevo impuesto Este año, los
contribuyentes se enfrentan a algunas novedades respecto a
declaraciones anteriores. Es conveniente recordar que la nueva Ley del
Impuesto sobre la Renta (IRPF), que entró el vigor el pasado 1 de
enero, ha venido a restringir la capacidad de maniobra, especialmente
en todo lo relativo a las rentas del ahorro. La principal novedad es la
eliminación de muchas de las diferencias de tributación entre los
distintos productos, homogenizando todos ellos.
Por ejemplo,
desaparece el concepto de temporalidad en este tipo de inversiones y se
unifica toda la tributación en un tipo único del 18% desde el primer
día. Antes, por ejemplo, se podían hacer movimientos en las inversiones
según si su antigüedad fuera de más o menos de un año. En el caso de
las primeras tributaban al tipo reducido del 15% en vez de hacerlo al
marginal, que podía llegar a ser hasta del 45%, en las de menos de un
año. Ahora ya no existe esta diferencia y el inversor no tiene que
plantearse esperar hasta el año de permanencia para deshacer su
inversión.
La firma ARO Asesoramiento Integral ha confeccionado
un decálogo con las sugerencias sobre qué hacer para mejorar dicha
factura con Hacienda. Además, realiza algunos comentarios sobre las
principales diferencias existentes en cuanto a las deducciones y
desgravaciones que trae la nueva Ley respecto a la legislación antigua.
1.Con la nueva Ley del
IRPF, las deducciones por la cantidad destinada a la amortización y al
pago de los intereses de los préstamos destinados a la adquisición de
la vivienda habitual son del 15%. Esta deducción se aplicará sobre una
cantidad máxima de 9.015 euros. En el caso de las viviendas adquiridas
con anterioridad al 20-1-06 se respetan los porcentajes anteriores del
25% y 20% sobre la cantidad aportada para los primeros 4.500 euros y
del 15% para los restantes hasta alcanzar igualmente un máximo de 9.015
euros.
Este tope de 9.015 euros se fija por declaración, de tal
forma que si la vivienda es de un matrimonio o pareja con declaraciones
individuales, cada contribuyente puede aplicar esa cifra y dicha
cuantía se duplica.
2.
Si pensara en adquirir la primera vivienda habitual en un plazo máximo
de cuatro años, le conviene aportar a una cuenta ahorro vivienda para
acogerse a la deducción del 15% sobre las cantidades aportadas, cuyo
límite es igualmente de 9.015 por declaración.
Dicho
tratamiento no ha cambiado sobre la Ley anterior, e igualmente es
aplicable para el ahorro que se vaya constituyendo para la
‘rehabilitación’ de la vivienda habitual, entendiendo como tal las
obras necesarias para poder habitar una vivienda, no las simples
reformas de mejora o mantenimiento.
3.
Si piensa crear una empresa en el plazo máximo de cuatro años, con una
persona, al menos, contratada a jornada completa, se pueden realizar
aportaciones a una cuenta ahorro empresa. Estas aportaciones, con un
máximo de 9.000 euros por declaración, se benefician también de la
misma deducción del 15%.
4.
A pesar de que con la nueva ley el tratamiento de los fondos de
pensiones ha empeorado, continúa siendo interesante hacer aportaciones
a ellos o a otros productos dentro del marco de los Sistemas de
Previsión Social, tales como los Planes de Previsión Asegurados (PPA),
las Mutualidades de Previsión Social (MPS), etc.
Las
aportaciones máximas realizadas a un plan de pensiones son de 10.000
euros o la cifra equivalente al 30% de los rendimientos netos del
trabajo o de las actividades profesionales o empresariales, en el caso
de los menores de 50 años. Esta cantidad aumenta hasta lose 12.500
euros, o el 50% de los rendimientos netos del trabajo, en el caso de
los mayores de 50 años. Estas aportaciones resultan más interesantes cuanto mayor es el nivel de renta.
Las
inversiones realizadas en un plan de pensiones reducen la base
imponible general del contribuyente. Esto explica que el ahorro fiscal
será como mínimo del 24% y como máximo del 43%, en función del nivel de
renta del contribuyente que realiza las aportaciones.
5.Si
el cónyuge no tiene rentas netas del trabajo superiores a los 8.000
euros, conviene realizar aportaciones a un plan de pensiones a su
nombre por un máximo de 2.000 euros.
Estas aportaciones
también se deberían realizar a los familiares, hasta un tercer grado de
parentesco, con discapacidad. En este caso, se pueden hacer
aportaciones a un plan de pensiones a su nombre con el límite máximo de
10.000 euros por aportante y de 24.250 euros globalmente. Los límites
máximos de tales aportaciones son independientes entre sí, además de
con el límite de aportación personal del contribuyente que realiza la
aportación.
6. Cuando a
nivel familiar se tiene una persona con discapacidad, existe una figura
jurídica muy interesante, pero poco utilizada, que es la del Patrimonio
Especialmente Protegido. Con ella se pretende crear a favor del
discapacitado, un patrimonio con el que afrontar gastos futuros, o
simplemente asegurar su sostenimiento cuando los progenitores o tutores
ya no estén.
Lo regula la Ley 41/2003 de 18 de noviembre y su
constitución requiere cierto trámite administrativo sencillo. Las
aportaciones se pueden hacer dinerarias, de bienes muebles e inmuebles,
y por personas con un grado de parentesco directa o colateral hasta el
tercer grado, e inclusive los tutores o acogedores si no lo fueran. La
desgravación anual máxima por aportante es de 10.000 euros, los cuales
reducen la base imponible, produciéndose por tanto un ahorro al tipo
marginal que puede llegar a ser hasta del 43%. Las aportaciones
realizadas por diversas personas no podrán exceder conjuntamente el
límite de 24.250 euros; los excesos podrán deducirse durante los cuatro
ejercicios siguientes.
Conviene tener presente que tales
aportaciones, en la persona del discapacitado tienen la consideración
de rendimiento del trabajo, pero dado el grado de minusvalía,
posiblemente no tuvieran incidencia fiscal alguna.
7.
Si se tienen materializadas en el ejercicio plusvalías de distinto tipo
–con fondos, acciones, vivienda, etcétera– y se tienen minusvalías
latentes sin materializar, conviene ponerlas de manifiesto antes del
cierre del ejercicio para así compensarlas y ahorrar su tributación al
18%.
Del mismo modo, si se tuvieran pendientes de compensar
minusvalías materializadas en el ejercicio, e incluso de ejercicios
anteriores de más de un año, sería interesante analizar la conveniencia
de materializar plusvalías latentes o, por el contrario, dejarlas para
próximos ejercicios hasta un máximo de cuatro años.
8.Asimismo,
si se tuvieran rendimientos negativos provenientes de productos de
seguros, o de depósitos estructurados, conviene analizar la posibilidad
de compensarlos con rendimientos positivos.
En tal sentido,
conviene tener presente que muy probablemente en la Ley General de
Presupuestos de este año salga aprobado el régimen transitorio que
regula la compensación a aquellos titulares de productos de seguros que
con el régimen actual se vean perjudicados por la no consideración de
las reducciones del 40% y 75%, respectivamente. Para estos productos
que tuvieran antigüedades superiores a dos y cinco años, hay que tener
cuidado con acogerse a tal compensación cuando lo que se tuvieran
fuesen pérdidas, ya que éstas también se reducirían y el efecto sería
el contrario.
9.
Teniendo en cuenta que las plusvalías en las transmisiones mortis causa
(sucesiones) quedan exentas de tributación en aquellos casos en que el
patrimonio que se tuviera en fondos fuese a pasar teóricamente, en
mayor o menor parte, a manos de los herederos conviene tener presente
que a la hora de realizar reembolsos parciales lo más interesante es
hacerlo desde los fondos que tuvieran menor plusvalía implícita, en vez
de retirar del que realmente se quiere hacer, todo ello al objeto de
retrasar hasta la exención final el mayor beneficio posible.
En
tal sentido, por ejemplo, si se quisiera reembolsar de un fondo de
renta variable cuyo futuro fuese más incierto, pero la plusvalía en él
fuese mucho mayor que en otro de renta fija, podría resultar muy
interesante hacer previamente un traspaso del primero al segundo y
reembolsar después, siempre que la antigüedad en él fuera superior.
10.En
cualquier caso, siempre es conveniente acudir a un asesor experto que
conozca bien las circunstancias personales y fiscales de cada uno ya
que este tipo de actuaciones no conviene analizarlas sólo en el marco
de las acciones puntuales, sino también en la planificación a medio y
largo plazo. (Expansion)

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Publicado en Finanza Personal el 9 de Noviembre, 2007, 10:03
por TEYMA

En los nueve primeros meses del año, 20 particulares se han
declarado en quiebra ante la imposibilidad de hacer frente a sus
deudas. Esto supone un aumento de más del triple (un 233%) respecto al
tercer trimestre de 2006. En todo 2006, 53 personas físicas sin
actividad empresarial fueron a la quiebra.
Cataluña, con 7 casos, es la comunidad autónoma que en el tercer
trimestre de 2006 ha tenido más particulares concursados, seguida de
Galicia con 5 y de Aragón y Asturias, con dos cada una. Baleares,
Castilla y León, Murcia y País Vasco son el resto de territorios que
han registrado un caso de quiebra de particulares.
La posibilidad de acudir a los tribunales para que declare que una
familia es insolvente nació en septiembre de 2004 con la Ley Concursal,
una norma que sustituyó a la antigua Ley de Suspensión de Pagos. En
síntesis, a los dos meses de conocer su situación de insolvencia, el
particular está obligado a pedir su declaración de concurso ante el
juez. No obstante, puede anticiparse y pedir el concurso con
anterioridad cuando crea que su imposibilidad de pagar será inminente.
Además del propio deudor, los acreedores también pueden pedir la
declaración de concurso. (Agencias)

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Publicado en Finanza Personal el 25 de Junio, 2007, 11:19
por TEYMA
A diario cometemos muchos disparates en la gestión de nuestro dinero. Más de la cuenta, porque tenemos que contar lo que hacemos mal, pero también lo que no hacemos, que es otra forma de hacer mal las cosas. En este reportaje nos situamos en la piel de dos personajes ficticios (Pepa y Pepe) para saber cómo podemos optimizar nuestras finanzas cotidianas y no hacer tonterías con el dinero que tanto nos cuesta ganar.
Te presentamos a Pepe de Sastre y Pepa Cala Midad. Son un matromonio feliz que tienen dos hijos: Paquito, el mayor, ha cumplido ocho años, y Currita, la pequeña, seis. Su vida transcurre con normalidad en casi todos los aspectos. Salvo en una cosa, que son un absoluto desastre en las cuestiones del dinero. Los dos trabajan y tienen buenos sueldos. Pero no consiguen poner orden en sus cuentas y, sobre todo, son incapaces de controlar los gastos y, a fin de cuentas, vivir más desahogados.
'Tened' en cuenta Con lo desastres que son, no confiamos nada en que Pepe y Pepa se pongan en manos de un experto para que les ayude a cuadrar sus cuentas. Por eso, nosotros lo hemos hecho por ellos. Y, para ponérselo más fácil, les hemos elaborado un decálogo, un top ten de lo que deben hacer y, sobre todo, lo que no hacer en el día a día con su dinero.
No te fíes de Pérez. Ni de las sirenas. A menudo, a la hora de tomar una decisión que tenga que ver con nuestro dinero solemos dejarnos llevar por Pérez. Pérez puede ser cualquiera: tu compañero de oficina; la vecina del quinto, cuyo hijo trabaja en una caja de ahorros, o el propio director de sucursal bancaria que, presionado para colocar este o aquel fondo, no tiene reparos en intentar colártelo.
No hagas caso a quien no debes. Sólo a los profesionales de verdad. Y no tomes tú solo las decisiones de inversión ni te dejes llevar por cantos de sirena de valores que se disparan en Bolsa al calor de quién sabe qué razones y que no son otra cosa que atrapa-incautos.
No tengas lo que no necesitas. "La mayoría tenemos varias cuentas, que a veces ni siquiera miramos, y un montón de tarjetas, que realmente no necesitamos. Incluso tienes créditos que perfectamente podrías estar ahorrándote. Todo esto son gastos, muchos euros al año en comisiones. Y, sobre todo, un descontrol que te impide estar al tanto de los cargos y llevar tus cuentas a rajatabla", comenta José Antonio Almoguera, director general de la firma de asesoría Megaconsulting.
No te quedes deudor. A menudo, lo que hace que tengas muchas cuentas y muchas tarjetas es que, en el descontrol, tengas a cero aquella en la que te van a pasar un cargo. Y eso hace que te quedes en números rojos, que es el mejor negocio para un banco porque inmediatamente te aplican intereses mucho más altos. "Si te quedas deudor con la tarjeta, la broma te puede costar un 20% o un 30%. Y si te quedas con la hipoteca, te pueden quitar un ojo de la cara", comenta Almoguera.
Cuidado con las comisiones. Los bancos te cobran por todo, hasta por la carta que te mandan para informarte de los movimientos de tu cuenta o de este o aquel cargo o ingreso. Por eso recibes tantas cartas de tu banco, no por otra cosa.
En tus manos está evitar que el banco viva de tus comisiones. Y, si no puedes evitarlo, reducirlo. Elige aquellas entidades que cobran menos o no cobran, reduce tus cuentas y tarjetas y, sobre todo, reclama aquellas que te parecen injustas o abusivas. Reclamar con la amenaza de irte a otro banco da resultado.
No confundas los meses con los años. No es una perogrullada. A menudo, las entidades financieras camuflan el interés anual en el mensual y y te dicen que te cobran un 1,15% cuando en realidad te están cobrando un 14,71%. Es decir, el 1,15% es el tipo mensual, pero lo que debes mirar es la TAE, la Tasa Anual Equivalente que, como su propio nombre indica, es anual y equivale a un 14,71%. Esto ocurre sobre todo con las tarjetas de crédito, a la hora de fraccionar el pago. Por ejemplo, 100 euros al mes. Es lo que muchos bancos llaman la tarifa plana: todos los meses pagas 100 euros, aunque en realidad, amortizas 97,2 euros y los otros 2,68 euros son intereses: 1,15%, que es, efectivamente, un 14,71% al año.
Cuidado con los créditos Muchas entidades de crédito inmediato utilizan el señuelo de la inmediatez. Desde el «¡Llama ahora!« hasta eso de «¡En menos de 48 horas tendrás el dinero en tu cuenta!». Eso, para empezar, casi nunca es así, ni tan fácil ni tan rápido.
No tengas prisa. "Si haces las cosas con calma y no te dejas llevar por los anuncios, te ahorrarás muchísimo dinero porque en tu banco puedes conseguir el mismo dinero a un tipo de interés del 8%. Mientras que la empresa de crédito rápido te va a cobrar un 24%. Si no más", comenta Manuel Pardos, presidente de Adicae.
Echa la cuenta al revés. El reclamo de las empresas que se dedican a la reunificación de deudas es que puedes reducir a la mitad lo que pagas al mes por tus créditos y préstamos. Eso es sólo una verdad a medias, porque al final, pagarás mucho más porque al alargar la vida de tus deudas los intereses se disparan.
No te hipoteques por un coche. Reunificar deudas significa meter todo lo que has comprado a crédito bajo el paraguas de tu casa. Es decir: incluir en la hipoteca el crédito del coche, el del televisor de plasma y lo que compraste con la tarjeta de crédito. Piensa que lo que estás haciendo es utilizar tu casa como garantía de pago. Antes, si no pagabas el crédito del coche, el banco podía embargártelo. Ahora, si no pagas la cuota irán contra tu vivienda.
Gestiona bien tus inversiones Sólo lo que te sobra. "Debes invertir sólo el dinero que te sobra y hacerlo en función de tu perfil de riesgo", aconseja Almoguera. "No puedes caer en riesgos que no puedes asumir. Por tanto, no debes invertir en productos que no son de tu perfil. Sería una irresponsabilidad que una persona que está a punto de jubilarse invirtiera en fondos emergentes o en hedge funds. Pues lo mismo para todos", advierte Juan Luis García-Alejo, director de Análisis y Gestión de Inversis Banco.
Tú también eres Hacienda. No dejes que tu dinero se lo lleve Hacienda: sólo lo justo y cuanto menos, mejor. Sin trampas, claro. "Uno de los disparates más habituales que cometemos es una mala gestión fiscal. Nos centramos en la parte financiera y descuidamos la fiscal. Luego llega Hacienda y reclama lo suyo", advierte García-Alejo.
"La optimización de la factura fiscal es clave. Hay muchas fórmulas, desde aportaciones a un plan de pensiones hasta amortizar préstamo hipotecario o buscar el mejor momento para realizar una plusvalía o una minusvalía. Quien no se dedica al tema fiscal no tiene por qué conocerlas todas, pero para eso están los profesionales", dice Almoguera.
Luis M. Lianes

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Publicado en Finanza Personal el 11 de Junio, 2007, 8:02
por TEYMA
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Las comisiones que bancos y cajas cobran a sus clientes por las transferencias de efectivo crecieron en los primeros cinco primeros meses hasta un 8% de valor medio, según datos del Banco de España. Así, el aumento de este tipo de comisiones osciló entre el 4,2% y el 8% dependiendo de si las transferencias se realizan sobre distinta plaza o sobre la misma, respectivamente.
El Banco de España destaca que esta diferenciación aún se mantiene, pues todavía quedan algunas entidades que aplican tarifas distintas si la cuenta donde se recibe la transferencia se encuentra o no en la misma plaza del cliente que la ordena.
En cualquier caso, cabe destacar que muchas de las entidades financieras lanzaron el año pasado campañas de 'comisiones cero' y no cobran comisiones de servicio a sus clientes vinculados, en su mayor parte aquellos que tienen domiciliada su nómina con la entidad.
Las comisiones medias por transferencias sobre la propia plaza aumentaron 22 céntimos, hasta los 2,97 euros, lo que supone una subida del 8% respecto a los 2,75 que se cobraba de media a 31 de diciembre. Asimismo, cabe destacar que el máximo cobrado por transferencias se mantiene estable en los 1,5 euros, mientras que la comisión mínima se ha duplicado, desde los 0,75 euros hasta los 1,5 euros.
Las comisiones de transferencias sobre distinta plaza, por su parte, subieron un 4,23% en su valor medio, hasta los 3,2 euros, mientras que el valor máximo quedó igual y el mínimo subió un 60%, desde los 1,5 euros de diciembre de 2006 hasta los 2,4 euros de mayo del 2007.
Transferencias más baratas desde el 2009
El próximo 1 de noviembre de 2009 se cumple el plazo máximo para que cada uno de los Estados Miembros de la Unión Europea haya transpuesto a sus respectivas legislaciones nacionales la nueva directiva de servicios de pago, que prohibirá el sistema español de pago único y establecerá la obligatoriedad para las entidades de cobrar sólo por el servicio que prestan.
De esta forma, los bancos y cajas tendrán que aplicar las denominadas comisiones 'share' o compartidas, eliminando las comisiones interbancarias, que son el mecanismo generalizado por el que las entidades españolas se abonan entre sí los gastos generados por las transferencias.
El Banco de España ya ha expresado claramente que el resultado de aplicar la nueva normativa no puede suponer que se cobre el doble a los clientes, sino que cada entidad haga efectivo su derecho a cobrar la parte que considere oportuna por el servicio prestado.
El organismo supervisor también ha mostrado su confianza en que esta nueva normativa europea junto con la Zona Unica de Pagos europea (SEPA por sus siglas en inglés) suponga un abaratamiento en las transferencias de las entidades que aún las cobren (dentro de su propia política comercial), pues el sistema estará más informatizado y supondrá menos costes.
Por ejemplo, para hacer una transferencia lo importante ya no será contar con el nombre del destinatario, como establece la legislación actual, sino que el ordenante deberá disponer del nuevo número completo de cuenta, que además del código de cuenta corriente tendrá cuatro caracteres más (dos letras identificativas del país y dos dígitos de control). De esta forma, cualquier error en él puede conllevar que el dinero se transfiera a otro cliente, que no estaría obligado a devolver el dinero y de lo que la entidad no tendría ningún tipo de responsabilidad. (E. Digital)

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Publicado en Finanza Personal el 5 de Junio, 2007, 8:56
por TEYMA
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En un lustro los fondos rentaron un 2,4% mientras que la inflación fue del 3,2%. En una década la rentabilidad de los fondos fue del 2,7%, también superada por la inflación, que fue del 2,9%.
En los últimos 5 y 10 años la rentabilidad promedio de los fondos de inversión fue menor a la inflación.
A pesar de ello, a finales de 2006 había 8,8 millones de partícipes que tenían invertidos 254.306 millones de euros en fondos.
Según señalan en su estudio los profesores del IESE, Pablo Fernández, José María Carabias y Lucía de Miguel, "cuando un inversor entrega su dinero a una gestora de fondos para que se lo gestione, espera que obtenga una rentabilidad superior a la que puede obtener él sin conocimientos especiales" y por eso paga comisiones. (Emprendedores)

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Publicado en Finanza Personal el 31 de Mayo, 2007, 10:02
por TEYMA
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La banca española podrá cobrar a sus clientes por servicios gratuitos hasta ahora, como la recepción de su nómina o la domiciliación de recibos, gracias a una directiva que podría entrar en vigor a finales del 2009. El Banco de España no prevé que lo apliquen.
Dos proyectos europeos, la directiva de Sistemas de Pagos y la Zona Única de Pagos en Euros (conocida como SEPA, en sus siglas en inglés) abrirán la veda para que el sistema bancario español sufra una revolución. En virtud de esas normativas, la banca podrá cobrar a sus clientes a partir del 2009 por los recibos de servicios básicos que tengan domiciliados o por recibir su nómina, su pensión o la devolución de impuestos como el IRPF en su cuenta corriente, algo inédito en España.
La razón de ese cambio es básicamente técnica, ya que las entidades españolas se verán obligadas a migrar al sistema de comisión compartida entre ordenante y receptor de la operación. La banca tiene la posibilidad de utilizar esa modalidad desde el 2006 para casos, como el de las transferencias ordinarias, aunque nadie se ha atrevido a dar el primer paso. En el caso de nóminas o pensiones, no existe esa opción.
El objetivo de los proyectos europeos es que cada banco cobre a su cliente por los servicios que realmente le preste, lo que apenas se aplica en España, donde normalmente se cobra al ordenante de la operación. Por tanto, los proyectos tendrán un efecto claro. En el caso de las transferencias, el coste pasará a ser abonado por el ordenante y el receptor, lo que no acarreará un incremento de las comisiones, sino todo lo contrario, según el Banco de España. La explicación reside en que las personas o empresas que ordenen este tipo de transacciones pagarán la mitad de la comisión que se les cobra actualmente, mientras que al receptor se le trasladará un coste sólo si su entidad realmente le ha prestado un servicio, como la comprobación del número de cuenta, en el caso que el ordenante de la transferencia sólo haya facilitado su nombre y apellidos.
Así, el precio de estas operaciones "debería ser muy bajo o incluso nulo, dependiendo de la política comercial de cada entidad", señalan en el Banco de España, donde recuerdan que muchos bancos y cajas españolas han optado desde hace tiempo por ofrecer a sus clientes tarifas planas en comisiones.
Las exigencias de la SEPA se podrán aplicar a las transferencias ordinarias a partir de enero del 2008, pero no a las efectuadas para pagar las nóminas, las pensiones o las devoluciones de impuestos, que tendrán que esperar hasta que entre en vigor la directiva, previsiblemente en noviembre del 2009.
No obstante, en el Banco de España dudan de que las entidades empiecen a cobrar por estos servicios, dada la elevada competitividad del sector en España. Lo mismo señalan para la domiciliación de recibos tradicionales (luz o teléfono), aunque la posibilidad existirá. (LVD).

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Publicado en Finanza Personal el 3 de Mayo, 2007, 9:07
por TEYMA
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La Audiencia de Bizkaia condena a Banco Vasconia a pagar 4.451 euros percibidos "indebidamente por comisión de descubierto".
La asociación de usuarios de servicios bancarios Ausbanc Consumo exigió hoy a las entidades bancarias que eliminen las comisiones de descubierto, es decir por números rojos, ya que "existe suficiente jurisprudencia para saber que es ilegal" y suponen una "práctica usuraria y abusiva". La Audiencia de Bizkaia condenó el pasado mes de marzo al Banco Vasconia, demandado por la asociación, a pagar 4.451,24 euros percibidos durante tres años "indebidamente por comisión de descubierto" a una empresa vizcaína.
El delegado de Ausbanc Consumo en Bizkaia, Aitor Bildarrain, señaló que el pasado 27 marzo, la sección tercera de la Audiencia Provincial de Bizkaia, ha condenado a Banco Vasconia a reintegrar a un asociado de Ausbanc Empresas 4.451,24 euros, que la entidad demandada percibió "indebidamente por comisión de descubierto", es decir, la que se cobra cuando alguien se queda en números rojos en su cuenta corriente.
Según explicó, los intereses por demora para particulares "no pueden superar el 2,5%, pero, para empresas, es libre y suele cobrarse el 29 o 30%". Además, se aplica una comisión que suele ser por el mayor saldo de descubierto, y asciende al 5%, por lo que "a veces el coste de operación para el usuario supera una TAE del 45%".
Bildarrain afirmó que esta práctica es "totalmente usuraria y abusiva" y ya existen cuatro pronunciamientos de las audiencias provinciales de Alicante, Salamanca, Huesca y Bizkaia que muestran que "aplicar la comisión de ingreso por demora es injusto", ya que "es suficiente con el 29% de interés por descubierto". "La comisión por números rojos es nula porque no obedece a ningún servicio prestado".

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