BANCOS Y CAJAS PODRAN COBRAR POR LA DOMICILIACION DE LA NOMINA

Publicado en Finanza Personal el 31 de Mayo, 2007, 10:02 por TEYMA

La banca española podrá cobrar a sus clientes por servicios gratuitos hasta ahora, como la recepción de su nómina o la domiciliación de recibos, gracias a una directiva que podría entrar en vigor a finales del 2009. El Banco de España no prevé que lo apliquen.

Dos proyectos europeos, la directiva de Sistemas de Pagos y la Zona Única de Pagos en Euros (conocida como SEPA, en sus siglas en inglés) abrirán la veda para que el sistema bancario español sufra una revolución. En virtud de esas normativas, la banca podrá cobrar a sus clientes a partir del 2009 por los recibos de servicios básicos que tengan domiciliados o por recibir su nómina, su pensión o la devolución de impuestos como el IRPF en su cuenta corriente, algo inédito en España.

La razón de ese cambio es básicamente técnica, ya que las entidades españolas se verán obligadas a migrar al sistema de comisión compartida entre ordenante y receptor de la operación. La banca tiene la posibilidad de utilizar esa modalidad desde el 2006 para casos, como el de las transferencias ordinarias, aunque nadie se ha atrevido a dar el primer paso. En el caso de nóminas o pensiones, no existe esa opción.

El objetivo de los proyectos europeos es que cada banco cobre a su cliente por los servicios que realmente le preste, lo que apenas se aplica en España, donde normalmente se cobra al ordenante de la operación. Por tanto, los proyectos tendrán un efecto claro. En el caso de las transferencias, el coste pasará a ser abonado por el ordenante y el receptor, lo que no acarreará un incremento de las comisiones, sino todo lo contrario, según el Banco de España. La explicación reside en que las personas o empresas que ordenen este tipo de transacciones pagarán la mitad de la comisión que se les cobra actualmente, mientras que al receptor se le trasladará un coste sólo si su entidad realmente le ha prestado un servicio, como la comprobación del número de cuenta, en el caso que el ordenante de la transferencia sólo haya facilitado su nombre y apellidos.

Así, el precio de estas operaciones "debería ser muy bajo o incluso nulo, dependiendo de la política comercial de cada entidad", señalan en el Banco de España, donde recuerdan que muchos bancos y cajas españolas han optado desde hace tiempo por ofrecer a sus clientes tarifas planas en comisiones.

Las exigencias de la SEPA se podrán aplicar a las transferencias ordinarias a partir de enero del 2008, pero no a las efectuadas para pagar las nóminas, las pensiones o las devoluciones de impuestos, que tendrán que esperar hasta que entre en vigor la directiva, previsiblemente en noviembre del 2009.

No obstante, en el Banco de España dudan de que las entidades empiecen a cobrar por estos servicios, dada la elevada competitividad del sector en España. Lo mismo señalan para la domiciliación de recibos tradicionales (luz o teléfono), aunque la posibilidad existirá. (LVD).