26 de Abril, 2007


Retribución flexible a partir de 21.000 euros

Publicado en Laboral el 26 de Abril, 2007, 9:17 por TEYMA

La nueva ingeniería social aporta a las empresas y a sus empleados importantes ahorros en sus impuestos al amparo de ley, algo que hasta ahora sólo se dirigía a los salarios más altos.

La ingeniería social consiste en la creación y desarrollo de herramientas a medida que posibilitan a la empresa ofrecer servicios a sus empleados, y por tanto una "nómina a la carta", en respuesta a sus necesidades personales. Este concepto está muy desarrollado en otros países de la Unión Europea como Francia, donde ya hay 120.000 empresas usuarias de estos servicios.

En España, la normativa permite acogerse en la actualidad a planes de retribución flexibles que pueden incluir gastos como guardería, formación, seguros médicos, de vida, riesgo hogar o ayuda de comida, entre otros.

La tendencia en este ámbito apunta a que en el futuro y en función de lo que vaya aprobando el legislador, cabría hablar de otras fórmulas de retribución en el ámbito del regalo, los viajes o la cultura.

Los sistemas de retribución flexible permiten a las empresas y a sus empleados importantes rebajas en sus impuestos, como el IVA, el impuesto de sociedades o los seguros sociales para las compañías, y el IRPF o la Seguridad Social para los trabajadores. Esta es una de las principales conclusiones que se extraen del III Seminario sobre optimización fiscal: aplicación del nuevo IRPF en la gestión de recursos humanos -Ingeniería Social-.

Los empleados pueden beneficiarse de los ahorros aportados por la economía de escala en el precio de cada uno de los servicios, en virtud de los acuerdos alcanzados por las empresas con los distintos proveedores (compañías de seguro, renting, etcétera). Por ejemplo, un trabajador con un salario bruto anual de entre 21.000 a 30.000 euros y un plan sencillo, se podría ahorrar unos 800 euros anuales.

Por su parte, las empresas, a través de una buena comunicación a sus empleados, pueden conseguir que sus trabajadores perciban esta forma de retribución como un valor añadido que responda a una gestión eficaz y proactiva por parte del departamento de recursos humanos.

Los autónomos dependientes tendrán 18 días de vacaciones

Publicado en Laboral el 26 de Abril, 2007, 8:53 por TEYMA

Los trabajadores autónomos dependientes tendrán derecho a reclamar a su principal empleador 18 días hábiles de vacaciones no pagadas al año. Así lo recogerá el Estatuto del Trabajo Autónomo que fue modificado ayer en el Congreso de los Diputados.

Los grupos parlamentarios de la Cámara Baja pactaron decenas de enmiendas para introducir nuevos cambios en el texto de la ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.

La mayoría de estas modificaciones afectan a los autónomos dependientes (aquellos que obtienen al menos el 75% de sus ingresos de una misma empresa), que suponen cerca de medio millón de los tres millones de trabajadores por cuenta propia que existen. Según lo pactado, estos trabajadores tendrán tres meses desde la entrada en vigor de la ley para comunicárselo a la empresa de la que reciba ese 75% de los ingresos.

Una de estas novedades es la ampliación de 15 a 18 días hábiles del periodo de vacaciones anuales que los autónomos dependientes tendrán derecho a disfrutar. Si bien será el autónomo y no su principal empleador el que costee dichas vacaciones.

Las cambios introducen también mejoras en la protección social de los autónomos que queda prácticamente equiparada a la de los asalariados en materia de permisos y prestaciones de maternidad y paternidad.

Igualmente, dado que la ley obliga a los autónomos dependientes a cotizar por incapacidad temporal y por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, una de las enmiendas pactada amplia esta cobertura a los accidentes in itinere (los que se registran en el trayecto de ida o vuelta del trabajo). Si bien, el texto precisa que 'salvo prueba en contrario, se presumirá que el accidente no tiene relación con el trabajo cuando haya ocurrido fuera de la jornada ordinaria de que se se trate'.

En cuanto al embargo de la vivienda del autónomo en caso de impago, éste quedará condicionado 'a que no resulten conocidos otros bienes del deudor suficientes susceptibles de realización inmediata en el procedimiento ejecutivo...'.

Asimismo, se establece que los autónomos podrán contratar como asalariados a sus hijos menores de 30 años que convivan con ellos, pero el familiar quedará excluido de la protección por desempleo.

La ley, que irá ahora al Pleno del Congreso y podría entrar en vigor antes de que finalice el año, fijará reducciones y bonificaciones de las cotizaciones de la Seguridad Social para aquellos autónomos con más de una actividad que superen la base máxima de cotización; para discapacitados; vendedores ambulantes y otros que se determinen. Las bonificaciones para jóvenes suben al 30% y su periodo de cobro se amplía de 12 a 15 meses. (Raquel Pascual)